En los últimos años, la Unión Europea se ha tomado muy en serio todo lo relacionado a la protección de la privacidad y la seguridad de los usuarios que diariamente frecuentan los diferentes sitios web más populares y de mayor tráfico a nivel mundial, por lo que ha tomado cartas en el asunto a nivel legal contra quienes abusan de ello.
Tanto es así como el brazo legislativo de la Eurozona, con el paso del tiempo, ha promulgado varias leyes en torno a este tema, especialmente en las relacionadas con el uso de las cookies por parte de los sitios web y las redes sociales. Desde ese entonces, alrededor de Europa se han sancionado con multas millonarias a las compañías tecnológicas por abusar del uso de sus cookies de terceros buscando irrespetar esa privacidad de los usuarios.
Pero ahora es el propio Parlamento Europeo el que recibe una sanción de este tipo. Y es que el sitio web oficial del organismo que brinda información sobre el COVID-19 abusó de las cookies de terceros, irrespetando así la privacidad de los usuarios, según informó el Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD).
Con las cookies no se juega, aunque seas el Parlamento Europeo
La SEPD es el organismo que se encarga de monitorear y garantizar el ben uso de Internet en la Eurozona, todo por el bien de la protección de datos de los internautas europeos.
La decisión que llevó a esta sanción por parte del organismo de protección de datos al Parlamento Europeo representa una enorme advertencia tanto a los sitios web como a los servicios online de la región sobre la necesidad de actuar ante los flujos y transferencias de datos personales en esos sitios con la debida diligencia. Esto implica la revisión a conciencia para asegurarse de que se está haciendo un uso adecuado de cualquier proveedor de terceros, plugin u otro mecanismo como los fragmentos de código capaces de recopilar datos en la sombra.
El motivo de esta intervención por parte de la SEPD y su sanción posterior al Parlamento Europeo es el sitio web de reservas para pruebas de COVID-19 puesto en marcha por el propio parlamento en septiembre de 2020, el cual utilizaba un servicio externo llamado Ecolog.
El sitio web en cuestión, generó una serie de quejas durante el año pasado, las cuales fueron divulgadas por seis eurodiputados, y en las que detallaban la presencia de rastreadores de terceros además de banners de consentimiento de uso de cookies que resultaron bastante confusos, así como también otros problemas de cumplimiento que incluían, entre otras cosas, asuntos sobre transparencias y datos.
Luego de una investigación, el SEPD llegó a la conclusión de que el Parlamento Europeo cometió una serie de faltas que atentan contra las leyes europeas sobre la protección de datos y procedió a emitir la amonestación correspondiente, ordenando al organismo legislativo que hiciera la rectificación de estos problemas pendientes dentro de un plazo establecido de un mes. Cabe destacar que las sanciones no son de carácter económico.
En la investigación se había descubierto que el sitio web de reserva para las pruebas de COVID-19 situó algunas cookies asociadas con servicios de terceros como Google y Stripe. Sin embargo, el propio Parlamento Europeo no pudo comprobar que se habían aplicado medidas especiales con el fin de garantizar que la transferencia de esos datos personales a servicios de Estados Unidos se realizaría bajo la histórica decisión Schrems II, sancionada por el Supremo europeo.
En julio de 2020, el Tribunal Supremo de la Unión Europea anuló el acuerdo de transferencia de datos insignia del bloque con los EEUU (conocido también como el Escudo de privacidad UE-EEUU) y emitió más pautas indicando que las transferencias de datos de personas residentes de la UE a aquellos países terceros deberán ser evaluados bajo ciertas condiciones estrictas.
De igual forma, el fallo también dejó en claro que los reguladores de la UE tendrán que intervenir y suspender los flujos de datos si éstos creen que la información de las personas está en riesgo.
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