La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una multa de 20.000 euros a Nude Project, S.L., la reconocida empresa española de moda urbana, por infringir el artículo 21 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LSSI). La sanción se debe al envío de comunicaciones comerciales electrónicas sin el consentimiento previo de los destinatarios.
Un cliente fue a una tienda física de Nude Project y, luego de realizar la compra, le explicaron que no podían dar el ticket en papel, por lo que necesitaban el email del comprador para envíarselo de forma telemática. El cliente proporcionó sus datos en una tablet pero, según indica, en ese momento no le consultaron si al dar su email estaba de acuerdo con recibir comunicaciones comerciales de la empresa.
Luego de la compra, el damnificado comenzó a recibir correos electrónicos publicitarios en su bandeja de entrada y decidió iniciar un reclamo en la AEPD.
La AEPD concluyó que Nude Project no presentó evidencia suficiente de que el consentimiento del cliente para recibir publicidad se hubiera obtenido de forma válida, específica e informada, como exige el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
Además, señaló que la opción para rechazar la recepción de comunicaciones comerciales no estaba claramente implementada ni registrada adecuadamente. La agencia consideró que la empresa actuó con intencionalidad, al no cumplir con el deber de cuidado que la normativa impone.
Por ello, se consideró que Nude Project vulneró el artículo 21.1 de la LSSI, que prohíbe el envío de comunicaciones comerciales no solicitadas o no autorizadas de forma expresa. A pesar de que la infracción fue calificada como leve, el organismo aplicó una multa de 20.000 euros debido a la intencionalidad y a la “falta de perjuicios significativos y beneficios derivados del envío de los correos”, según indica el fallo.
A través de un comunicado de Zabia Abogados, la empresa manifestó que el cliente había consentido al marcar una opción en una tablet del establecimiento y que existía la posibilidad de darse de baja a través de un enlace en los correos electrónicos.
Es su defensa, Nude Project dijo que:
Desde Marketing4ecommerce nos comunicamos con la empresa para consultarle sobre el fallo, pero prefirieron no hacer declaraciones sobre el asunto.
El fallo de la AEDP resalta la importancia de que las empresas de eCommerce y marketing digital obtengan y conserven registros claros y verificables del consentimiento de los clientes para recibir comunicaciones comerciales. Además, deben proporcionar mecanismos accesibles y evidentes para que los usuarios puedan rechazar o revocar su consentimiento en cualquier momento. El incumplimiento de estas normativas no solo conlleva sanciones económicas, sino que también puede afectar negativamente la reputación de la marca y la confianza de los consumidores.
Foto: Nude Project
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