Nude Project, multada por la AEPD con 20 mil € por enviar publicidad sin consentimiento

En el fallo, Agencia Española de Protección de Datos resaltó la importancia de que las empresas ofrezcan mecanismos accesibles y evidentes para que los usuarios puedan decidir sobre las comunicaciones comerciales.
Nude Project, multada con 20 mil € por enviar publicidad sin consentimiento
22 de enero de 2025

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una multa de 20.000 euros a Nude Project, S.L., la reconocida empresa española de moda urbana, por infringir el artículo 21 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LSSI). La sanción se debe al envío de comunicaciones comerciales electrónicas sin el consentimiento previo de los destinatarios.

Qué fue lo que sucedió

Un cliente fue a una tienda física de Nude Project y, luego de realizar la compra, le explicaron que no podían dar el ticket en papel, por lo que necesitaban el email del comprador para envíarselo de forma telemática. El cliente proporcionó sus datos en una tablet pero, según indica, en ese momento no le consultaron si al dar su email estaba de acuerdo con recibir comunicaciones comerciales de la empresa.

Luego de la compra, el damnificado comenzó a recibir correos electrónicos publicitarios en su bandeja de entrada y decidió iniciar un reclamo en la AEPD.

El fallo de la AEPD

La AEPD concluyó que Nude Project no presentó evidencia suficiente de que el consentimiento del cliente para recibir publicidad se hubiera obtenido de forma válida, específica e informada, como exige el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

Además, señaló que la opción para rechazar la recepción de comunicaciones comerciales no estaba claramente implementada ni registrada adecuadamente. La agencia consideró que la empresa actuó con intencionalidad, al no cumplir con el deber de cuidado que la normativa impone.

Por ello, se consideró que Nude Project vulneró el artículo 21.1 de la LSSI, que prohíbe el envío de comunicaciones comerciales no solicitadas o no autorizadas de forma expresa. A pesar de que la infracción fue calificada como leve, el organismo aplicó una multa de 20.000 euros debido a la intencionalidad y a la “falta de perjuicios significativos y beneficios derivados del envío de los correos”, según indica el fallo.

La respuesta de Nude Project

A través de un comunicado de Zabia Abogados, la empresa manifestó que el cliente había consentido al marcar una opción en una tablet del establecimiento y que existía la posibilidad de darse de baja a través de un enlace en los correos electrónicos.

Es su defensa, Nude Project dijo que:

  • Hubo consentimiento expreso para el envío de comunicaciones comerciales. Además, aseguró la opción de recibir publicidad estaba desmarcada por defecto en la tablet usada para la recogida de datos. Se aportaron capturas de pantalla que mostraban esta configuración, incluida la casilla de publicidad por SMS, que permaneció desmarcada en el caso del reclamante, pero no fueron consideradas suficientes por la AEPD.
  • El envío de comunicaciones estaba amparado en el apartado segundo del artículo 21 de la LSSI. Este permite el envío de comunicaciones comerciales en el marco de una relación contractual previa, siempre que los datos se hayan obtenido lícitamente y se refieran a productos similares a los contratados.
  • Se facilitó un mecanismo claro para darse de baja de las comunicaciones comerciales en cada correo enviado, el cual el reclamante utilizó posteriormente. Desde ese momento, no se enviaron más correos publicitarios.
  • La AEPD no analizó en profundidad la aplicabilidad del artículo 21.2 de la LSSI, que permite comunicaciones comerciales basadas en relaciones contractuales previas bajo ciertas condiciones.
  • El ticket impreso estaba disponible, pero su política prioriza el uso del formato digital para reducir el consumo de papel.

Desde Marketing4ecommerce nos comunicamos con la empresa para consultarle sobre el fallo, pero prefirieron no hacer declaraciones sobre el asunto.

Implicaciones para el sector eCommerce

El fallo de la AEDP resalta la importancia de que las empresas de eCommerce y marketing digital obtengan y conserven registros claros y verificables del consentimiento de los clientes para recibir comunicaciones comerciales. Además, deben proporcionar mecanismos accesibles y evidentes para que los usuarios puedan rechazar o revocar su consentimiento en cualquier momento. El incumplimiento de estas normativas no solo conlleva sanciones económicas, sino que también puede afectar negativamente la reputación de la marca y la confianza de los consumidores.

Foto: Nude Project

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Content Manager de Marketing4ecommerce
Periodista y Content Manager de Marketing4ecommerce desde 2021. Más de 745 artículos publicados sobre marketing y comercio online.

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