Lola Lolita, Tamara Gorro y otras tres influencers, señaladas por la CNMC por no identificar correctamente la publicidad en sus vídeos

La CNMC también aclara que puede haber contenido que sea considerado publicidad incluso sin pago directo por parte de las marcas.
un hombre joven influncer grabandose un vídeo ante un móvil ocn un tripode en el salón de su casa. La mujer lleva un producto cosmético en la mano. Hay un aro de luz para iluminarla.
4 de junio de 2026

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado cinco requerimientos dirigidos a algunos de los creadores de contenido más conocidos del país: @sofiasuescun, @tamara_gorro, @peldanyos, @samyspain (la expresentadora de MasterChef Samantha Vallejo-Nágera) y @lolalolita. El motivo: no identificar correctamente la publicidad en algunos de los contenidos que publican en sus redes sociales.

De acuerdo con un comunicado publicado por la CNMC, en los vídeos analizados se promocionaban desde tarjetas bancarias y ropa hasta productos alimentarios y contenido audiovisual. Aunque en varios casos se usaron etiquetas como “ad”, “#publi” fuera del vídeo o la palabra “embajadora”, la CNMC determina que estas fórmulas son insuficientes. Según el criterio interpretativo del regulador, la advertencia debe estar integrada de forma visible dentro del propio contenido audiovisual con términos claros como “publicidad” o “publi”.

Uno de los casos más llamativos del anuncio afecta al expediente de @lolalolita. Tanto la influencer como la marca alegaban que el contenido no era publicitario porque no existía un contrato ni una remuneración económica de por medio. Sin embargo, la CNMC ha sido tajante: basándose en la jurisprudencia nacional y europea, un contenido puede ser considerado comercial incluso sin pago directo o si el creador hace la promoción de forma independiente, siempre que existan elementos que contribuyan a promocionar la marca.

Al haberse difundido estos contenidos antes de la consolidación del criterio de la CNMC en junio de 2025, el organismo ha optado por emitir requerimientos de cumplimiento en lugar de abrir expedientes sancionadores con multas económicas.

La prohibición de usar famosos en temas relacionados con la salud

El expediente de Sofía Suescun enciende otra luz de alarma al vincular la actividad de los influencers con la estricta regulación publicitaria sanitaria. La CNMC concluyó que su publicación incluía alegaciones no autorizadas sobre los beneficios de un complemento alimenticio, convirtiéndola en publicidad ilícita según la normativa europea. El organismo regulador recuerda en su comunicado que estos creadores están sujetos a la prohibición legal de utilizar el testimonio de personas famosas para promocionar productos con efectos sobre la salud.

Las investigaciones se iniciaron tras denuncias presentadas por la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC).

Imagen: ChatGPT

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Content manager de Marketing4eCommerce desde 2014. En este tiempo he redactado más de 2.000 artículos relacionados con el mundo del marketing.

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