La CNMC avisa a las empresas: los SMS enviados con marcas no registradas serán bloqueados desde el 15 de septiembre

Los operadores bloquearán las comunicaciones que pretendan ser enviadas con esos alias no inscritos en el registro.
una mujer joven recibe mensajes en su movil , uno de ellos tachado en rojo
1 de septiembre de 2026

La CNMC ha emitido un comunicado en el que recuerda a las empresas la urgencia de inscribirse en el Registro de alias antes del próximo 15 de septiembre si quieren seguir enviando mensajes SMS, MMS o RCS bajo algún tipo de alias o denominación comercial.

Así, la entidad recuerda que “la obligación afecta a cualquier entidad que envíe mensajes del tipo SMS/MMS/RCS utilizando un alias como remitente. Entre ellas pueden encontrarse comercios, bancos, aseguradoras, operadores de transporte, administraciones públicas u otras organizaciones que se comuniquen con sus clientes mediante mensajes identificados con su nombre”.

Es decir, en nuestro ámbito del eCommerce podría afectar a mensajes del tipo:

  • «ECOMMERCE X: tu pedido ha sido enviado»
  • «EMPRESA DE REPARTO X: tu paquete está en reparto»
  • «TIENDA X: tienes un 20% de descuento»

De esta forma, en el caso de que una empresa no registre sus alias, no podrá seguir enviando mensajes identificados con su denominación social, nombre o marca comercial, o dominio de internet a sus clientes, a partir del 15 de septiembre de 2026. Los operadores bloquearán las comunicaciones que pretendan ser enviadas con esos alias no inscritos en el registro.

Esto no significa que las empresas que no hayan realizado el registro antes del 15 de septiembre vayan a quedarse sin poder enviar SMS a sus clientes. Podrán continuar haciéndolo, pero sin utilizar su nombre, marca o cualquier otro alias como remitente. En cualquier caso, los alias podrán inscribirse posteriormente en cualquier momento.

Cómo funciona el Registro de alias

Este sistema, presentado en el pasado mes de marzo, tiene como objetivo crear un entorno de comunicaciones más seguro en el que prácticas como el smishing (estafa online en la que un ciberdelincuente suplanta a una empresas de confianza a través de SMS) queden fuera de juego. Para poder llevar a cabo el registro, deberán acreditar que el alias tiene vinculación con la marca, nombre comercial, denominación social o dominio, u otros criterios; así como que cumple las reglas técnicas y de formato establecidas en la circular.

El Registro de alias recopilará todos los identificadores alfanuméricos (letras, números y letras combinados u otros caracteres) que pueden utilizarse como remitente en mensajes SMS, MMS o RCS dirigidos a números españoles. Así mismo, la CNMC, organismo encargado de gestionar este sistema, dará acceso al registro a través de un portal público en su web, permitiendo que los ciudadanos y ciudadanas puedan consultar qué alias están registrados y quién es su titular.

Imagen: ChatGPT

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Content manager de Marketing4eCommerce desde 2014. En este tiempo he redactado más de 2.000 artículos relacionados con el mundo del marketing.

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